Ayudas para la internacionalización de las industrias culturales y creativas a eventos profesionales, año 2024-25.

INDUSTRIAS CULTURALES

El Ministerio de Cultura convoca ayudas por más de 1,8 millones de euros para la internacionalización de las industrias culturales y creativas. Se trata de la primera edición de esta línea de ayudas, que está destinada a microempresas y pymes, y se enmarca en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia que tiene por objeto impulsar el crecimiento del sector cultural español en el exterior, mediante el apoyo al acceso y la participación de sus empresas y profesionales en los mercados internacionales.

Analizamos la Ayuda a eventos profesionales para la internacionalización de las industrias culturales y creativas, año 2024-25.

 

¿Cuál es el objeto de ayuda?

 

Las actividades de las industrias culturales objeto de la convocatoria son la organización de plataformas, foros, eventos, jornadas, ferias, festivales, congresos o encuentros de carácter profesional e impacto internacional, tanto en territorio español como en el extranjero.

 

¿Qué finalidad deben tener los proyectos de las industrias culturales y creativas?

 

Por lo que, los proyectos de las industrias culturales y creativas de la convocatoria deben contribuir a alguna de las siguientes finalidades:

  1. Impulsar la expansión internacional y aumentar la visibilidad de las industrias culturales y creativas españolas en los principales mercados internacionales del sector, así como la promoción de los derechos de propiedad intelectual a nivel global.
  2. Atraer la inversión extranjera hacia las empresas españolas para estimular el desarrollo y comercialización de nuestros bienes y servicios culturales.
  3. Fomentar la movilidad internacionalidad de los agentes culturales, y contribuir al desarrollo de intercambios de experiencias y la cooperación cultural internacional.
  4. Favorecer el desarrollo de capacidades para la internacionalización de proyectos creativos y culturales.
  5. Potenciar la imagen de España como referente cultural en el ámbito internacional y contribuir al cumplimiento global de los Objetivos de Desarrollo Sostenible.

 

¿Cuándo puedo solicitar la ayuda?

 

El plazo de solicitud es desde el 01/03/2024 hasta el 21/03/2024.

 

¿Quién puede pedir la Ayuda a eventos profesionales para la internacionalización de las industrias culturales y creativas?

 

Los beneficiarios de estas ayudas pueden ser microempresas, pequeñas y medianas empresas de nacionalidad española, de cualquier Estado miembro de la Unión Europea o de los Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, que tengan su residencia fiscal en España y estén legalmente constituidas.

 

¿Qué gastos son subvencionables?

 

Con carácter general:

 

– Los gastos correspondientes a las retribuciones del personal laboral fijo o eventual dependiente de las entidades beneficiarias, siempre y cuando se trate de gastos directamente relacionados con la organización y el desarrollo de la actividad subvencionada.
– Los gastos correspondientes a la contratación de servicios técnicos para la realización de la actividad subvencionada, incluyendo los gastos de investigación.
– Los alquileres de la maquinaria o el equipamiento necesarios para el desarrollo de la actividad subvencionada.
– Alquileres de locales necesarios para el desarrollo de la actividad subvencionada (excluido el alquiler de la sede social del beneficiario).
– Gastos de propiedad industrial e intelectual.

Gastos subvencionables con limitaciones:

 

– Las retribuciones de las relaciones laborales de los socios de la empresa con la propia empresa quedan limitadas de la siguiente forma: las retribuciones mediante nómina de los socios de la entidad no podrán superar el 20 % del importe de la ayuda concedida.
– Los gastos de publicidad, comunicación y difusión comercial de la actividad objeto de la ayuda no podrán exceder del 40% de la ayuda concedida.
– Dietas, gastos de viaje, alojamiento y manutención. Sólo serán subvencionables si han sido generados por personas directamente relacionadas con la organización y el desarrollo de la actividad (artistas, ponentes, conferenciantes, etc.), pero en ningún caso si han sido generados por los asistentes o público en general.

¿Ayuda máxima a recibir?

 

El importe máximo de estas ayudas no podrá superar el 80% del coste total del proyecto. El importe individualizado de cada una de las ayudas atenderá a la necesidad de financiación declarada por el solicitante y no podrá ser superior a 60.000 euros.

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