Claves del Primer Convenio Colectivo Estatal para las empresas organizadoras de eventos en 2025

Convenio Colectivo

El sector de las empresas organizadoras de eventos estrena marco regulador con la publicación del I Convenio Colectivo Estatal, que entrará en vigor el 1 de enero de 2025. Este convenio, vigente hasta el 31 de diciembre de 2027, establece las condiciones laborales y salariales para las empresas y trabajadores de un sector en constante crecimiento y adaptación. Con la implementación de este acuerdo, las empresas organizadoras de eventos contarán con un marco regulador que fomentará la estabilidad y la mejora de la calidad del empleo.

Ámbito de Aplicación

  • Territorial: Obligatorio en todo el territorio nacional.
  • Funcional: Dirigido a empresas que gestionan eventos corporativos e institucionales, excluyendo aquellas cuya actividad principal se centre en publicidad, producción audiovisual, gestión de recintos, o agencias de viajes.

Este convenio colectivo es una herramienta clave para consolidar derechos y mejorar la gestión laboral en un sector tan dinámico como el de las empresas organizadoras de eventos.

Principales Condiciones Laborales

Jornada de Trabajo

  • Duración anual: 1,735 horas en 2025, reduciéndose progresivamente a 1,690 horas en 2027.
  • Flexibilidad: La distribución horaria estará adaptada a las necesidades de los eventos, respetando descansos mínimos entre jornadas (12 horas) y semanales (48 horas).
  • Trabajo nocturno: Horas entre las 22:00 y las 6:00 remuneradas con un 15% adicional del salario base.

Vacaciones y Permisos

  • Vacaciones: 23 días laborables al año.
  • Permisos retribuidos:
    • 15 días por matrimonio o registro de pareja de hecho.
    • 5 días por enfermedad grave de familiares.
    • Hasta 12 horas al año para acompañamiento a consultas médicas.

Estas condiciones buscan garantizar un equilibrio entre la flexibilidad del sector y el bienestar de los trabajadores de las empresas organizadoras de eventos.

Contratación y Clasificación Profesional

Tipos de Contrato

  • Fijo discontinuo: Diseñado para cubrir necesidades estacionales o intermitentes del sector.
  • Formativos: Con retribución mínima del 85% del salario base.
  • Periodo de prueba:
    • Entre 1 y 6 meses según el grupo profesional.

Clasificación y Grupos Profesionales

El convenio define seis grupos profesionales, desde directivos hasta personal auxiliar, con descripciones detalladas de sus funciones y responsabilidades. Esto permite una estructura clara y homogénea que facilita la organización interna de las empresas del sector.

Sistema Retributivo

Salarios y Complementos

  • Tablas salariales: Establecen salarios mínimos por grupo profesional.
  • Complementos:
    • Flexibilidad: Hasta un 10% del salario base mensual en 2027.
    • Nocturnidad: 15% adicional del salario base por horas trabajadas entre las 22:00 y las 6:00.
    • Festivos: Compensación de 100-130 € por jornada completa o descanso adicional.

Gratificaciones Extraordinarias

Dos pagas anuales, en junio y diciembre, equivalentes a 30 días de salario base cada una.

Estas medidas retributivas no solo fomentan la equidad salarial, sino también reconocen las particularidades laborales de las empresas organizadoras de eventos.

Registro de Jornada

El convenio impone el uso obligatorio de sistemas de registro diario de jornada, preferiblemente digitales, para garantizar la trazabilidad y cumplimiento de horarios. Este aspecto es esencial para mantener una gestión eficiente y transparente en las empresas organizadoras de eventos.

Conciliación y Excedencias

  • Excedencias:
    • Voluntarias de 4 meses a 5 años.
    • Por cuidado de hijos o familiares, hasta 3 años.
  • Permiso parental: Hasta 8 semanas para el cuidado de hijos menores de 8 años.

Estas disposiciones refuerzan el compromiso del convenio con la conciliación laboral y familiar, un aspecto crucial para los trabajadores del sector.

Impacto en el Sector

La implementación de este convenio colectivo supone un gran avance para la profesionalización y regulación de las condiciones laborales en un sector caracterizado por la temporalidad y la adaptabilidad. Con este marco normativo, las empresas organizadoras de eventos pueden garantizar derechos laborales básicos, fomentar la estabilidad y mejorar la calidad del empleo.

Este nuevo convenio ofrece a empresas y trabajadores un camino claro hacia la armonización de relaciones laborales, fortaleciendo al sector en su conjunto. Sin duda, un paso clave hacia un futuro más equitativo y eficiente para todos los actores involucrados.

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